ley teletrabajo

La nueva ley del teletrabajo

 

El COVID-19 ha traído muchos cambios a nuestras vidas y uno de ellos ha sido el aumento del teletrabajo durante los meses de confinamiento. Son muchas las empresas que han optado por esta forma de trabajar para garantizar la seguridad de sus empleados, sin embargo, es una práctica que hasta ahora no estaba regulada. El Real decreto ley 28/2020 regula esta práctica a efectos legales.

 

hombre trabajando en casa

 

Puntos clave de la ley del teletrabajo

 

· Para que el trabajo desde casa sea considerado teletrabajo a efectos del decreto ley, debe prestarse durante un mínimo del 30% de la jornada, en un periodo de referencia de 3 meses.

· El teletrabajo es voluntario y se formalizará mediante un acuerdo escrito entre la empresa y el trabajador.

· El trabajador a distancia tendrá los mismos derechos que el trabajador presencial y no podrá sufrir ningún perjuicio.

· La empresa se encargará de la dotación y mantenimiento de los medios, equipos y herramientas necesarios para el teletrabajo.

 

El registro horario

 

El trabajador a distancia tendrá derecho a un horario flexible que debe respetar los tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso. El horario de trabajo y el lugar elegido para la actividad laboral debe queda recogido en el acuerdo escrito. El sistema de registro horario al que está obligado a someterse el empleado ha de incluir el momento de inicio y finalización de la jornada. Biocontrol, el sistema de registro de Ágora Online, está preparado para cumplir todos los aspectos de la nueva ley del teletrabajo. Puedes consultarnos si necesitas más información.

 

mujer teletrabajando

 

Entrada en vigor de la nueva ley del teletrabajo

 

La ley del teletrabajo fue publicada en el BOE el día 23 de septiembre de 2020. Aunque su entrada en vigor se produce a los 20 días de la publicacion en el BOE, se ha establecido un plazo de tres meses para formalizar el acuerdo de teletrabajo entre la empresa y el teletrabajador. En el caso de que las empresas y los teletrabajdores tuvieran ya un convenio colectivo, ese convenio será vigente hasta que finalice. Si no tienen establecida una fecha final, la empresa contará con un máximo de un año para adaptarse a la nueva ley o hasta 3 años si existe un acuerdo con los teletrabajadores. Si en el convenio colectivo previo no se incluyen todos los detalles exigidos por la ley será necesario acordarlos.

 

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